Para el año 2010, si no se detiene la
propagación del VIH, el SIDA puede aumentar la mortalidad infantil hasta en un 75% y la
de niños menores de 5 años en más del 100% en las regiones más afectadas por la
enfermedad.
Los niños no sólo están infectados por el VIH, sino también afectados por la
enfermedad.
Para que Javier,
Sandra y Pablo,
niños que, como otros millones, viven en un mundo amenazado por la infección VIH/SIDA,
aprendan y enseñen. |
Todos los niños menores de 18 años que viven en el mundo de hoy - estén
infectados por el VIH, afectados por el SIDA en su familia o comunidad o viviendo con el
riesgo de contraer el VIH - están reconocidos por la Convención de las Naciones
Unidas sobre los Derechos del Niño.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño en el contexto del
VIH/SIDA ha definido unos principios para reducir la vulnerabilidad de los niños a la
infección y para protegerlos de la discriminación por causa de su condición de
seropositividad real o presunta. Los gobiernos pueden emplear este marco para asegurar que
se fomenten y se defiendan los intereses superiores de los niños con respecto al
VIH/SIDA:
- Debe garantizarse el derecho del niño a la vida, a la
supervivencia y al desarrollo.
- Los derechos y las libertades civiles de los niños deben respetarse,
insistiendo en el abandono de políticas que pueden provocar la separación de los niños
de sus padres o familias.
- Los niños deben tener acceso a la educación e información sobre la
prevención del VIH/SIDA y a los medios de prevención. Hay que tomar medidas para
eliminar los obstáculos sociales, culturales, políticos o religiosos que impiden este
acceso.
- Debe reconocerse el derecho de los niños a la confidencialidad e
intimidad con respecto a su condición de seropositividad. Esto incluye el reconocimiento
de que las pruebas para la detección del VIH deben ser voluntarias y realizarse con el
consentimiento informado de la persona afectada, consentimiento que hay que obtener en el
contexto de consejería previa a las pruebas. Si intervienen los tutores legales del
niño, deberán prestar la debida atención a la opinión de éste, si es suficientemente
mayor o maduro para opinar al respecto.
- Todos los niños deben recibir el tratamiento y la atención
adecuados para el VIH/SIDA, inclusive cuando esto implique costos adicionales, como es el
caso de los huérfanos.
- Los Estados deben considerar el VIH/SIDA como una discapacidad, si
existe una legislación sobre discapacidades, para reforzar la protección de las personas
afectadas por el VIH/SIDA contra la discriminación.
- Los niños deben tener acceso a los servicios y programas de
atención de salud y hay que eliminar los obstáculos que encuentran para ese acceso los
grupos especialmente vulnerables.
- Los niños deben tener acceso a las prestaciones sociales, incluida
la seguridad social.
- Los niños deben gozar de un nivel de vida adecuado.
- Los niños deben tener acceso a la educación e información sobre la
prevención del VIH/SIDA en la escuela y fuera de ella, sea cual sea su condición con
respecto al VIH/SIDA.
- Los niños no deben sufrir ningún tipo de discriminación por causa
de su condición con respecto al VIH/SIDA en las actividades del tiempo libre,
recreativas, deportivas y culturales.
- Los gobiernos deben tomar medidas especiales para prevenir y reducir
al mínimo el impacto del VIH/SIDA causado por el tráfico de drogas, la prostitución
forzada, la explotación sexual, la incapacidad para negociar una relación sexual
protegida, el abuso sexual, el consumo de drogas por inyección y las prácticas
tradicionales nocivas.
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